Raúl Díaz no fue juzgado por terrorismo en 2008

06:04 am 27-Jul de 2012|Sofía Nederr
El estudiante fue condenado por delitos comunes. Claudia Mujica considera que no hubo sesgo en el dictamen de la Corte IDH
Alberto Arteaga Sánchez dijo que en el caso de Díaz no hubo protección a terrorismo, sino resguardo de garantías | Emmanuel Rivero
El Gobierno justificó el anuncio de su retiro de la Corte Interamericana de Derechos Humamos por la sentencia que ordenó al Estado reparar los daños causados a Raúl Díaz Peña, que en julio de 2008 fue sentenciado por supuesta participación en la colocación de explosivos en el consulado de Colombia y la oficina de negocios de España en 2003.

Sin embargo, los delitos por los que fue condenado el estudiante y nadador, que se fugó a Estados Unidos en 2010, entran en la categoría de delitos comunes tipificados en elCódigo Penal.

La abogada Claudia Mujica, que actuó como defensora del general de división Felipe Rodríguez en el caso señalado, explicó que no basta la expresión sobre terrorismo utilizada por el Ministerio Público para la acusación, puesto que los delitos de agavillamiento, incendio en inmueble agravado en grado de autor y ocultamiento de sustancias explosivas no figuran en la categoría de actos terroristas.

Venezuela tiene una ley contra el terrorismo que no fue empleada en este caso.

Además, no hubo pruebas de las acusaciones. Se ofrecieron unos videos que nunca fueron presentados”, dijo Mujica.

Sostuvo que a Díaz, para el momento de su aprehensión estudiante y nadador, en la sentencia anunciada el 20 de julio, se le reconocieron sus garantías fundamentales luego de atropellos recurrentes.

En la Corte Interamericana no hubo sesgo. A Díaz se le condenó por ir a la plaza Altamira. Después de años en prisión en El Helicoide, renunció a presentar recursos, quería optar por la pena alternativa, lo pusieron bajo régimen de presentación en Vargas y un día encontró que habían extraviado el expediente”, indicó Mujica.

El abogado penalista Alberto Arteaga Sánchez considera sin argumento que el Gobierno se ampare en el caso Díaz y su presunta calificación como terrorista para irse de la Corte.

“Todo ciudadano, imputado o acusado, tiene derecho a un proceso justo; y si ello no ocurre, surge el derecho a recurrir a las instancias internacionales. No se trata de la protección a un terrorista. Se trata de la garantía de sus derechos. Por ello el propio Gobierno defiende y garantiza los derechos de los privados de libertad, en nuestros antros penitenciarios, aunque estén condenados por delitos graves, porque ello lo exige el Estado de Derecho y lo garantiza nuestra Constitución. Una imputación, una condena no justifica que se viole la dignidad de la persona humana o los derechos que le asisten”, dijo.

Efectos

La Oficina de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos calificó de devastadora para este organismo internacional la salida de Venezuela de la Corte Interamericana. El vocero, Rupert Colville, indicó que la Corte desempeña una misión importante cuando los mecanismos nacionales para resguardar los derechos humanos no funcionan.

El diputado Timoteo Zambrano, de Un Nuevo Tiempo, advirtió que si se concreta la salida de la Corte se incumplirían las cláusulas democráticas de Unasur y la Celac.