![Frontera de Chile](https://www.venezuelaawareness.com/wp-content/uploads/2024/02/WhatsApp-Image-2024-02-20-at-1.09.23-PM-696x480.jpeg)
Miami 20/2/2024 La Contraloría General de Chile ha dado su aprobación al decreto que regula la reconducción inmediata de extranjeros que ingresen al país de manera irregular, así como la condición de refugio. La entidad fiscalizadora confirmó la aprobación del decreto promulgatorio para la Ley 21.655, un proyecto que fue despachado desde el Congreso el pasado 17 de enero.
Este proyecto es parte del ‘fast-track’ legislativo acordado en abril de 2023 entre el Gobierno y ambas cámaras, con el objetivo de reforzar la seguridad y el orden público del país. La ministra del Interior, Carolina Tohá, enfatizó la importancia de esta ley que modifica los procedimientos para la reconducción de ingresos irregulares en la frontera y la solicitud de refugio.
Según Tohá, ‘esto fortalecerá la capacidad de control fronterizo del país’. La nueva ley en Migración y Extranjería permite realizar controles de identidad, registro de equipaje, detención y reconducción hasta 10 kilómetros del límite en caso de intentos de ingreso irregular. La normativa actual solo lo permite en la frontera.
“Para que el procedimiento funcione evidentemente hay que tener primero una coordinación a nivel diplomático y luego a nivel técnico entre las policías. Hoy funciona con las autoridades peruanas y en el caso con la frontera con Bolivia se realizan reconducciones de personas bolivianas”, dijo el director del Servicio Nacional de Migraciones, Luis Eduardo Thayer, a CNN Chile.
Finalmente, Thayer enfatizó que el principio que sustenta este procedimiento es el de responsabilidad compartida, evidenciando la necesidad de colaboración entre países para abordar adecuadamente la situación de personas que ingresan a Chile de manera irregular.
El proyecto también establece una etapa previa en el proceso de solicitud de la calidad de refugiado, lo que permitirá evaluar y descartar con mayor rapidez los casos que no cumplan con los requisitos mínimos de admisibilidad para acceder al refugio.
La medida busca sancionar con presidio la entrada irregular y, tras el cumplimiento de la pena, fija la expulsión del extranjero, salvo excepciones.
Explicaciones sobre la ley
Ley 21.655: Esta ley busca penalizar la entrada irregular al país. Tras cumplir la pena, se establece la expulsión del extranjero, con ciertas excepciones.
Ingreso clandestino: Si una persona ingresa al país de manera clandestina por un paso no autorizado o evitando el control migratorio, será sancionada con presidio menor en su grado mínimo (61 a 540 días) o una multa de 5 a 10 UTM (aproximadamente entre 323 mil y 646 mil pesos).
Causales de impedimento: El extranjero que ingrese al país de manera clandestina y tenga causales de impedimento o prohibición de ingreso, será castigado con pena de presidio menor en su grado medio a máximo (entre 541 días y 5 años). La misma pena se aplicará a quien entre o salga del país usando un documento de identidad o de viaje falso.
Excepciones: La ley no se aplicará a extranjeros que cumplan las condiciones de refugiados provenientes de territorios donde su vida o libertad esté amenazada. Tampoco se aplicará a niñas, niños o adolescentes, o al padre, madre, guardador o persona a cargo del menor.
Detención en flagrancia: Si se produce la detención en flagrancia, se intentará la medida de reconducción o devolución inmediata. Si no fuera posible, se pondrá al infractor a disposición del tribunal respectivo.
Prisión preventiva: En caso de decretar la prisión preventiva, el tribunal entenderá que existe peligro de fuga del imputado cuando se desconoce su identidad.
Expulsión: Si se acuerda la expulsión, el tribunal pondrá al imputado a disposición de la Policía de Investigaciones (PDI). Esto se deberá informar al Servicio Nacional de Migraciones.
Vigencia de la ley: La ley quedó en condiciones de ser publicada en el Diario Oficial y entrar en vigencia.
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