Fotos vía elespectador.com
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Agosto 25, 2015.- Lo ocurrido el pasado 19 de agosto, día en que fueron atacados funcionarios de la Fuerza Armada Nacional en ejercicio de sus funciones en zonas adyacentes a la frontera, resultando gravemente heridos, fue el detonante para que el presidente Nicolás Maduro decretara un estado de excepción en cinco municipios del estado Táchira, lo cual llevó al cierre de la frontera con Colombia.

De acuerdo con la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.194, de fecha 21 de agosto de 2015, el Gobierno nacional considera que en los municipios Bolívar, Junín, Ureña, Independencia y Libertad “se ha venido presentando de modo sistemático, inédito, sobrevenido y progresivo, una amenaza compleja al pleno goce y ejercicio de los derechos de los habitantes de la República, mediante la presencia de circunstancias delictivas y violentas vinculadas a fenómenos como el paramilitarismo, el narcotráfico, y el contrabando de extracción”.

Se trata del primer estado de excepción en Venezuela desde entrada en vigencia la Constitución de 1999, ni el expresidente Hugo Chávez apeló a este recurso cuando el paro petrolero de 2002-2003, mientras que su sucesor, Nicolás Maduro, incluye en sus alegatos la llamada “guerra económica”.

La presidenta de la asociación civil Control Ciudadano para la Seguridad, la Defensa y la Fuerza Armada Nacional, Rocío San Miguel, precisa que “el Estado venezolano cuenta con mecanismos legales desde hace más de 20 años para haber aplicado correctivos en materia de seguridad en Táchira, donde cuentan con 31 zonas de seguridad que tiene un régimen especial de propiedad inmobiliaria, de circulación, que afecta a extranjeros y nacionales, de manera que estas disposiciones eran suficientes y estaban en pleno vigor y no se cumplieron”.

Por ello critica las acciones que vienen desarrollándose desde el 21 de agosto; las califica como “medidas desproporcionadas contra la población civil”.

 

Violaciones de DD HH

La constitucionalidad del estado de excepción es otro de los debates. Si bien este mecanismo aplica para circunstancias excepcionales que afecten la normalidad de la nación, hay quienes evalúan de irracional la medida por no existir una situación en concreto, considerando que el tema del paramilitarismo es planteado de una manera muy vaga y que podría resolverse por vías legales ya existentes, tesis que defiende la también experta en temas militares y de seguridad nacional.

“La Ley Orgánica de Seguridad de la Nación establece obligaciones para el presidente de la República y el Frente de Consejo de Defensa de la Nación, que no ha cumplido en todo este tiempo y que lo obligaban a la creación de un registro nacional que le permitía resguardar los datos de seguimiento y control de personas, bienes y actividades que se encontraban desarrollando en el estado Táchira. Esto no ha sido conformado ni en el gobierno de Chávez ni en el de Maduro, por eso el uso desproporcionado de esta medida por el ataque a tres efectivos de la Fuerza Armada”, explica.

La presidenta de Control Ciudadano añade que frente a cada medida aplicada por el Gobierno nacional en los últimos dos años se evidencia también una violación sistemática de los DD HH.

“El problema es que parece no existir control democrático sobre las medidas que viene tomando el gobierno de Nicolás Maduro al margen de la Constitución… en los últimos dos años hemos visto el desarrollo de la llamada guerra económica, las operaciones de liberación del pueblo (OLP) y ahora un estado de excepción, tres medidas que en distintos rostros han encontrado violación a los derechos humanos, como las ejecuciones extrajudiciales, las apropiaciones indebidas de las propiedades de las personas, las violaciones al debido proceso, las confiscaciones de bienes y una serie de medidas que estigmatiza a la población civil, bajo el rótulo de medidas de seguridad nacional”, expone San Miguel.

Vigilancia internacional

Frente a estas irregularidades la presidenta de Control Ciudadano considera necesaria la vigilancia internacional, a razón de una “escalada de acciones inéditas que viene asumiendo el gobierno nacional”, sustentándose en políticas de seguridad nacional.

Sin embargo, la defensora de DD HH destaca que el Gobierno nacional, que ha sido mayoría en la Asamblea Nacional, no ha brindado una respuesta efectiva en la materia, respecto a la emisión de una Ley Orgánica de Fronteras, insistiendo en que, aun en condiciones de ilegales, los derechos humanos de los extranjeros también debe ser salvaguardados.

CDH UCAB fd0bef8fe4a593b743fa45cbb0f18e37_normal  @CDH_UCAB El decreto de emergencia entra en vigencia al momento de publicación en G.O. Todos los allanamientos del fin de semana fueron ilegales
Rocis hKeGX9Bf_normal  @rociosanmiguel Han convertido la frontera en un campo de concentración. Convoy con familias colombianas son llevados por militares al puente internacional
@rociosanmiguel Guerra Económica, OLP, Estado de Excepción. Maduro agota sus cartas y no termina de dar solución a la grave crisis en Venezuela
Casi 800 colombianos han sido deportados
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Implicaciones de un estado de excepciónDe acuerdo con el artículo 339 de la Constitución nacional, el decreto de estado de excepción debe presentarse ante la Asamblea Nacional dentro de los ocho días siguientes de haberse dictado, a objeto de la consideración y aprobación del Parlamento, así como a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, para pronunciarse sobre su constitucionalidad.Asimismo, se establece que “el decreto cumplirá con las exigencias, principios y garantías establecidos en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y en la Convención Americana sobre Derechos Humanos… la declaración del estado de excepción no interrumpe el funcionamiento de los órganos del Poder Público”.

http://www.correodelcaroni.com/index.php/politica/item/36169-rocio-san-miguel-no-existe-control-democratico-sobre-las-medidas-que-toma-el-gobierno