Venezuela Awareness

Viendo morir el Estado de Derecho

 Venezuela AwarenessEl viernes 31 de enero de 2014, en la Gaceta Oficial venezolana número 40.030 fue publicado –en el marco de las Leyes Habilitantes- un Decreto con rango de Ley Orgánica llamado “Ley de Precios Justos”, el cual es emanado completamente por la Presidencia de la República Bolivariana de Venezuela.

Desde entonces, los aparatos de medios de comunicación al servicio del Gobierno venezolano han reivindicado esta ley como una gran victoria contra la especulación y usura así como al derecho a los usuarios al libre acceso de los productos, sin dar espacio algunos a los representantes de la Federación de Cámaras y Asociaciones de Comercio y Producción de Venezuela o FEDECAMARAS (por su acrónimo) a emitir opinión alguna ni ser tomados en cuenta con respecto a esta ley, que es absolutamente Inconstitucional. 

Pero… ¿Por qué es Inconstitucional?

Este Decreto Ley ascendido a Ley Orgánica y redactado únicamente por el Ejecutivo Nacional con poder en materia Habilitante, entiéndase en este caso por el Presidente de la República Nicolás Maduro quien lo elaboró sin apoyo alguno de los Ministros del Gabinete establece varios delitos y penas de prisión de hasta 14 años para los infractores, incluyendo tres delitos nuevos que ahora son insertos en un instrumento cuya “legalidad” fue avalada por el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), presidido por la Dra. Gladys Gutiérrez Alvarado quien en los tiempos de lucha del MBR-200 (1993-1998), fue Asesora Jurídica de Hugo Chávez y miembro del Aparato Clandestino del Movimiento Bolivariano en esos mismos años, quien en varias oportunidades le dio escondite en un apartamento o “Casa Segura” como se llama en la clandestinidad comunista, de su propiedad en La Trinidad, al Este de Caracas, al Dirigente bolivariano,  en los años anteriores a la toma del Poder.  Su nombramiento a la Presidencia del TSJ,  carente de las mínimas de ley para el cargo fue objeto de críticas por círculos legales en Venezuela, siendo rechazadas dichos señalamientos por parte de Nicolás Maduro por cuanto la Dra. Gutiérrez es un Cuadro Político del Movimiento chavista en Venezuela y lealmente dará visos de legalidad a cualquier decisión contraria a derecho que pretenda realizar el gobierno de Maduro.

Es conocido que en Derecho, la tipificación de delitos, el establecimiento de nuevos delitos y la fijación de penas es materia de Reserva Legal, esto significa que no puede ser el Ejecutivo Nacional (Presidente y Ministros) quienes dicten este tipo de leyes sino la Asamblea Nacional mediante la Ley, luego de realizadas las discusiones y debates artículo por artículo, quien crea nuevos tipos de delitos y fija sus penas garantizando el Debido Proceso, el Derecho a la Defensa, el Principio de Contradicción en los procesos penales donde cada persona tiene el derecho a defenderse de señalamientos, así como promover las pruebas o solicitar desechar por ilegales en si o de ilegal obtención cualquier prueba, si las mismas fueran obtenidas por otros medios que no sean los que establece la ley.

No puede de ninguna manera la Asamblea Nacional delegar al Ejecutivo Nacional esa función que le reservó de manera expresa la Constitución Nacional de la República vigente desde 1999.  No puede el Ejecutivo Nacional bajo ninguna condición crear, establecer nuevos tipos de delitos y mucho menos fijar sus penas o método punitivo.  La ejecución de esta situación y su aval por parte del máximo organismo jurídico venezolano, evidentemente por complicidad o “solidaridad política” es de un carácter gravísimo, por cuanto estamos ante la violación flagrante de los Principios de Legalidad de la Reserva Legal,  de la Taxatividad y de la Prohibición de Analogía, bases inconmovibles de un Estado de Derecho cada vez más acosado por los poderes públicos venezolanos, controlados por un Proyecto allende ultramar al servicio de Fidel y Raúl Castro.

Lo más grave de esta situación es el establecimiento del delito de “Desestabilización Económica” con una descripción muy ambigua que permite criminalizar no solo el esparcimiento de informaciones sino el de opinión.  Es decir cualquier persona puede ser detenida con la mera declaración de un funcionario policial pues no está señalado en ninguna de las leyes, el cómo demostrar un delito de opinión y ser acusado de generar falsedades, engaños o noticias violentas y ser condenado a una pena de entre 4 y 6 años de prisión sin derecho a la defensa en un régimen donde ni siquiera está claro cómo llevar a un Juzgado a una persona por este tipo de delito absolutamente descabellado.  Los otros delitos nuevos son la reventa de productos de primera necesidad y la corrupción entre particulares, práctica común entre los vendedores ambulantes de Caracas controlados por los Colectivos Armados tanto del grupo La Piedrita como del Movimiento Tupamaro.   En total, la ley establece 15 delitos que van desde el comiso de la mercancía hasta la toma temporal del local, años de prisión para los empresarios o personas señaladas por los tipos establecidos en la ley, multas de hasta 50.000 Unidades Tributarias, cuyo valor asciende actualmente a la cantidad de cinco millones trescientos cincuenta mil bolívares (Bs. 5.350.000,00).

Sin embargo lo más grave es la denominación que reciben todos los comercios y actividades comerciales como de “utilidad pública”, lo que abre la puerta a que cualquier negocio sea expropiado precisamente por causa de utilidad pública como establece la ley, violando el Derecho a la Propiedad Privada de las personas, agravando aún más la crisis general que vive Venezuela, propiciando el quiebre del aparato productivo nacional,  instando de esta manera a las empresas a cerrar puertas e irse del país con lo que tienen encima puesto que por la Ley de Ilícitos Cambiarios no es posible trasladar fuera del país grandes cantidades de dinero, así como manejar cantidades que excedan el monto permitido por CADIVI, lo cual de lo contrario podría hacer reo al portador de otro delito establecido en una de las leyes emergentes.

¿Dónde fue redactada esta Ley? ¿Por Maduro… o en Cuba?

Esto, sin aparente vuelta atrás, el principio de la profundización del llamado “proceso socialista”, la tumba de los empresarios en Venezuela, el cese paulatino del Estado de Derecho venezolano.

Charlie Miller,

Desde Maracaibo, Venezuela.

5 de febrero de 2014

SHARE