La secretaria del Tribunal, Luisa Laya, negó a los abogados José Amalio Graterol y Thelma Fernández acceder al expediente de María Lourdes Afiuni, irregularidad que fue denunciada en la Inspectoría de Tribunales, quienes actuaron para exigir se les permitiera revisar los documentos.

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Afiuni mantiene medida de prohición de salida del país y de escribir en Twitter (Archivo)
ALICIA DE LA ROSA |  EL UNIVERSAL
miércoles 30 de octubre de 2013  04:50 PM
Caracas.- El Tribunal 17 de Juicio negó la libertad plena a la jueza María Lourdes Afiuni. Así lo informó el equipo de la defensa, conformado por los abogados José Amalio Graterol y Thelma Fernández, quienes el pasado 23 de octubre solicitaron el cese de la privativa de libertad, luego de que la juez Marilda Ríos interrumpiera el juicio que se lleva en contra de la magistrada desde el 19 de noviembre de 2012 por ausencia de la fiscal Emilse Ramos.

Explicó Fernández que la mañana de este miércoles al llegar al Palacio de Justicia, “solicitamos a la secretaria del Tribunal, Luisa Laya, que no permitiera revisar el  expediente del caso Afiuni y nos fue negado el acceso”.

“Como es natural en estos casos, nos dirigimos a la  Inspectoría de Tribunales a interponer la queja, quienes exigieron se nos permitiera ver el expediente. Cuando llegamos al Tribunal, la secretaria llamó a funcionarios  de la Guardia Nacional, personal de seguridad y al servicio de alguacilazgo para que nos detuvieran, por considerar que habíamos incurrido en falta de respeto en su contra”, destacó.

Luego de llegar el alguacil, indicó la abogada que se le permitió el acceso al expediente, “donde comprobamos que no había ninguna decisión mediante la cual se declarara interrumpido el juicio el pasado 23 de octubre, conforme al contenido del artículo 320 del COPP, pero  si constaba en autos una notificación de esta supuesta interrupción, dirigida al Fiscal Superior de Caracas, Joel Rengifo, y a la Presidenta del Circuito, Zinnia Briceño, a quien el Tribunal, sin esta ser parte de la causa, le rinde cuenta informándole lo sucedido”.

“¿Cómo puede notificarse una decisión cuando la misma no existe en autos? ¿Cómo es que tampoco está registrada tal decisión en el libro diario?”, se preguntó Fernández.

Por otro lado, José Amalio Graterol indicó que en ningún momento la defensa solicitó la libertad plena de Afiuni por decaimiento de las medida cautelares, como argumentó hoy el Tribunal, sino en virtud del abandono del Ministerio Público a la causa por lo cual se interrumpió el juicio

“El decaimiento de las medidas cautelares que pesan sobre la jueza Afiuni, operaba en la fecha en que se venciera la prorroga que existe en la causa, siendo que la defensa en ningún momento solicitó la libertad plena de la justiciable por decaimiento de la medida, sin embargo tomando en cuenta lo expresado por el Tribunal en la anterior negativa, en fecha 11 de diciembre del presente año, se acordaría la libertad plena de la magistrada, si para la fecha no existe una sentencia definitivamente firme, lo cual evidentemente será así”, precisó Graterol.

Asimismo, señaló Graterol que el Tribunal cambió la medida de presentación de la magistrada ante las oficinas administrativas de 15 días a 30 días y mantiene la prohibición de salida del país, de hablar a los medios de comunicación y de escribir en las redes sociales Facebook y Twitter.