(Caracas, 07 de agosto. Noticias24) – La presidenta del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), Gladys Gutiérrez, anunció que se declaró inadmisible la nulidad de las elecciones presidenciales del 14-A, recurso interpuesto por la MUD, al no presentar pruebas suficientes.

 

Antes de anunciar la decisión, señaló que se realizó una revisión “acuciosa” de los hechos, haciendo referencia a la impugnación presentada por el excandidato presidencial Henrique Capriles, la MUD y el Comando Simón Bolívar, agregando que los casos se deben explicar de manera “concisa y concreta” ante el TSJ.

“Es inadmisible el recurso contencioso electoral intentado en virtud al artículo 133, numeral 2 de la Ley Orgánica del TSJ y artículo 206 de la Ley Orgánica de los Actos Electorales, por cuanto la parte accional no mencionó al extracto cuya impugnación solicita ni consignó los documentos indispensables”, anunció Gutiérrez.

Gutiérrez continuó: “Tampoco describieron conductas concretas que a través de nexos causales adecuados hubiesen engañado a otro con el fin de alcanzar un determinado resultado electoral capaz de modificar la elección en un sentido diverso al deseado por la mayoría de la población”.

Sobre los supuestos hechos de violencia ocurridos, explicó que los demandantes “no relatan en forma precisa el momento en que se sucedieron, dónde, en qué consistieron y quienes resultaron afectados para determinar cómo incidió en el resultado final, por lo que tampoco es admisible tal denuncia”.

Acerca de la petición de la repetición de los comicios en mesas electorales particulares, declaró “firme la sentencia del juzgado de substanciación de la Sala Electoral que, en fecha 21 de mayo de 2013, declaró inadmisible el recurso contencioso”.

En cuanto a la conservación del material electoral correspondiente al proceso, una experticia independiente del Registro Electoral y una nueva elección presidencial dijo que “se declara inadmisible el recurso contencioso electoral intentado de conformidad al artículo 180 y 106 de la Ley Orgánica del TSJ, por cuanto los recurrentes no realizaron una narración circunstancial de los hechos en que se basa su alegato de presunto fraude electoral ni de los hechos en que se fundamentan las restantes denuncias”.

Inadmisible cuestionamientos sobre la nacionalidad de Nicolás Maduro

La Presidenta del TSJ también declaró inadmisible la denuncia que cuestiona la nacionalidad del presidente Nicolás Maduro.

“No se alegó hechos o juicios más allá de opiniones particulares y posiciones políticas que configuran juicio de valor personal del recurrente”, explicó.

Para leer la sentencia completa de las impugnaciones del 14-A haga click aquí.

Foto: Noticias24

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