7-15-2013(Tarquino González Concho).- El caso de los once campesinos barineses detenidos desde hace 90 días en la Comandancia General de la Policía de Barinas pasará a la historia como una de las aberraciones más grande de la “justicia” penal de Venezuela… eso en razón de que son presos sin delitos… o presos con delitos fabricados por motivaciones políticas.

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Esta es, sin duda, la historia de una injusticia… una pesadilla que se inició el pasado 16 de abril, dos días después de las elecciones presidenciales, cuyos resultados dejaron un mar de dudas.

Todo comenzó cuando los once campesinos del sector Conchabamba, municipio Antonio José de Sucre, decidieron hacer un alto en sus jornadas de trabajo y atender el llamado a protestar pacíficamente en la ciudad de Barinas contra el resultado emitido por el Consejo Nacional Electoral. Venían decididos a manifestar, pero nunca llegaron al sitio, pues fueron detenidos por funcionarios policiales en la Alcabala de Palmita Corrales en la Troncal 5.

Esa mañana del 16 de abril empezó la pesadilla para estos ciudadanos y sus angustiadas familias.

La saña con la cual actuaron los fiscales del Ministerio Público permitió que se fabricaran varios delitos que sirvieron de base para imputar a los campesinos, privarlos de su libertad y confinarlos a los hacinados y malolientes calabozos de la Policía del Estado.

Vericuetos legales

El 18 de abril, dos días después de la detención, se celebró la Audiencia de Presentación en Flagrancia ante el Tribunal de Control número 6 a cargo de la abogada Mary Ramos Duns.

Lucía Quintero, abogada defensora de los detenidos, refirió que en esa audiencia de presentación comparecieron en representación del Ministerio Público sus colegas Ricardo Bravo, representante de la Fiscalía 60 con Competencia Nacional y Jackson Maza representante de la Fiscalía Segunda del Ministerio Público del estado Barinas, imputando a los ciudadanos: Leonard Keivy Guerrero García, Elionner Peña Pineda, Pedro Javier Hernández Carrillo, Alexis Molina Guerrero, Rafael Angel Pérez Molina, Franklin Yovany Pereira Hernández, Jesús Manuel Roa Vera, Wuilson Molina Rojas, Amable Molina Guerrero, Winnen Lauret Hernández y José Juan Zambrano Pereira.

A estos ciudadanos, recordó la abogada Quintero, se les imputó en ese acto los delitos de Asociación para Delinquir, previsto y sancionado en los artículos 4 y 37 de la Ley contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo; Intimidación Pública previsto y sancionado en el Código Penal en el Artículo 296, y Porte de Explosivos, conforme a la Ley de Armas y Explosivos.

Lo anterior bastó para que los eficientes representantes del Ministerio Público solicitaran y lograran la privativa de libertad para los 11 detenidos.

“Dicha acusación fue rebatida por los abogados de la Defensa. No obstante, que las actas policiales y los representantes del Ministerio Público hacían clara referencia a morteros, los cuales son de libre comercio y no se requiere ningún tipo de permiso para comprarlos y portarlos. Por tanto, no constituye delito alguno, pero la juez acordó lo solicitado por el Ministerio Público y pidió que se le realizara una experticia a los morteros a los efectos de determinar el tipo de pólvora empleada en la elaboración de los mismos, la cual ya había sido solicitada por el Ministerio Público el día 16-04-2.013, comisionando al Servicio Bolivariano de Inteligencia (Sebin)”, refirió Quintero.

Agregó que a esa altura del proceso se decreta la privativa de libertad hasta que se determine el tipo de pólvora empleada en la elaboración de los morteros incautados por la policía dentro del vehículo donde viajaban los ciudadanos detenidos.

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