Venezolanos en España, el coronavirus no afecta la declaración del impuesto sobre la renta

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Este primero de abril y hasta el 30 de junio comenzó la campaña que comprende el impuesto sobre la renta de las personas físicas (en adelante, el “IRPF”) y el impuesto sobre el patrimonio (en adelante, el “IP”). Se mantiene la campaña de la renta contra todo pronóstico debido a que, después de la proclamación del estado de alarma el 14 de marzo, una de las medidas que se esperaba contemplar, por parte de los contribuyentes, era la paralización o aplazamiento del plazo para presentar impuestos, al igual que ha sucedido en otros países como, por ejemplo, Estados Unidos.

Este 1 de abril y hasta el 30 de junio comenzó la campaña del impuesto sobre la renta / Foto: WC

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Este 1 de abril y hasta el 30 de junio comenzó la campaña del impuesto sobre la renta / Foto: WC

El IRPF grava la renta mundial obtenida en un año natural por las personas físicas residentes en España, es un impuesto personal, directo y progresivo en función de los ingresos que percibe cada persona durante un año.

Los empleados por cuenta ajena, de forma mensual con su nómina, ingresan un adelanto de la cantidad que corresponde pagar en la declaración, conocido como retención a cuenta del IRPF, que se intenta aproximar al pago final para no tener que pagar mucho más de abril a junio, periodo en el que se presenta la declaración de la renta.

Los sujetos obligados a declarar son, entre otros, los siguientes:

1-Los contribuyentes que el año pasado obtuvieron rendimientos del trabajo superiores a 22.000,00 euros procedentes de un único pagador.

2.Los contribuyentes que el año pasado obtuvieron rendimientos del trabajo superiores a 14.000,00 euros por parte de más de un pagador, siempre y cuando la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes pagadores supere los 1.500,0 euros.

3-Los contribuyentes que el año pasado fuesen beneficiarios de pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades alimenticias no exentas.

4-Los contribuyentes cuyo pagador no esté obligado a retener o aquellos que perciban rendimientos sujetos a tipo fijo de retención.

5-Los contribuyentes que obtengan rendimientos y ganancias patrimoniales sometidos a retención a cuenta superiores, en conjunto, a 1.600,00 euros brutos anuales.

El IRPF se calcula por tramos, es decir, es un impuesto progresivo que aumenta según aumentan los ingresos, y en el momento de calcular el IRPF se aplica una escala de porcentajes teniendo en cuenta todas las rentas que se perciben.

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