Marzo 30, 2018.-ONG de DDHH denuncian que tribunales militares se convirtieron en armas contra la disidencia

De acuerdo con el artículo 49 de la Constitución, “toda persona tiene derecho a ser juzgada por sus jueces naturales”. Sin embargo, según cifras de Foro Penal, 786 civiles fueron presentados ante instancias castrenses en 2017.

Caracas. Rebelión militar, ultraje y ataque al centinela son las acusaciones más utilizadas por los tribunales militares para juzgar a los civiles. Estas fueron repetidas de forma reiterada por jueces castrenses a lo largo del 2017, en medio de un país que vivió cuatro meses de protestas antigubernamentales.

Así lo indicó Marino Alvarado, coordinador de la organización Provea, quien además agregó que con la llegada de Nicolás Maduro como presidente, en 2013, se pensó que la militarización disminuiría “al tratarse de un civil y sindicalista”. Sin embargo, cinco años después la historia es otra, y el poder de los verde oliva se afianzó a partir de 2015.

De acuerdo con las cifras dada por el director de Foro Penal, Gonzalo Himiob, en el foro “Justicia Militar en Venezuela”, celebrado el pasado 23 de marzo, 786 civiles fueron juzgados ante instancias castrenses durante 2017.

Para Himiob, estos casos aumentaron a partir de mayo del año pasado, cuando las manifestaciones vivían su punto álgido y luego de que la fiscal Luisa Ortega Díaz, destituida de su cargo por la Asamblea Nacional Constituyente (ANC) y ahora exiliada, marcara distancia con el Ejecutivo al declarar la ruptura del hilo constitucional ante dos sentencias emitidas por el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ).

“En ese momento, actúa más apegada a la ley. Ante las detenciones, Fiscalía da medidas cautelares e inicia el conflicto entre fiscales y tribunales”, señaló el activista.

Los trámites que en promedio duran una semana, son extendidos a cinco meses, mientras que los tribunales no acatan las medidas dictadas por Fiscalía, lo que hace la situación insostenible “por lo que el Gobierno decide utilizar justicia militar”, según Himiob.

Por su parte, para Alvarado “en el TSJ hay sumisión ante la justicia militar. TSJ no da justicia, solo ve quién la pide”. Así también lo demostró Alí Daniels, de Acceso a la Justicia, al indicar que, de 76 sentencias del tribunal, 72 fueron a favor del Estado.

Según los especialistas, la orden de la alta esfera va contra las directrices de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y del Comité de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), que señalan que no se deben juzgar civiles ante la justicia militar. Los mismos lineamientos se leen en los artículos 49 y 261 de la Constitución venezolana.

Artículo 49

“Toda persona tiene derecho a ser juzgada por sus jueces naturales en las jurisdicciones ordinarias, o especiales, con las garantías establecidas en esta Constitución y en la ley. Ninguna persona podrá ser sometida a juicio sin conocer la identidad de quien la juzga, ni podrá ser procesada por tribunales de excepción o por comisiones creadas para tal efecto”.

Artículo 261

“(…) La comisión de delitos comunes, violaciones de derechos humanos y crímenes de lesa humanidad, serán juzgados por los tribunales ordinarios. La competencia de los tribunales militares se limita a delitos de naturaleza militar.”.

A pesar de esto, Foro Penal registra, desde 2014, 12.178 personas arrestadas por motivos políticos, de las cuales 7194 aún están sujetas a medidas cautelares “en lo que hay un castigo en sí mismo”.

Presos políticos, detenciones arbitrarias

Himiob aclaró que no todas las detenciones ocurridas responden a la definición de “presos políticos”, que maneja su organización y la cual es aceptada por la Organización de los Estados Americanos (OEA). Un preso político es detenido arbitrariamente, pero no todos los detenidos arbitrariamente son presos políticos.

Para ser un preso político se debe responder a tres requisitos: la persona es detenida de forma arbitraria; la detención ocurre por un motivo político, porque necesita ser neutralizado por el poder, por lo que representa como individuo o como parte de un grupo al que el Gobierno quiere criminalizar por sus fallas gubernamentales; o ser un preso ‘de propaganda’, aquel que sirva para mantener la narrativa del gobierno, como fue el caso de Óscar Pérez.

Ante la detención del exministro de Relaciones Interiores, Justicia y Paz, Miguel Rodríguez Torres, ocurrida el pasado 13 de marzo, declaró que no se puede juzgar como “preso político” hasta que no se conozcan las verdaderas causas de la detención y cada uno de los lineamientos. Ante los políticos y las diferentes figuras públicas que se refirieron al creador del Sebin con esta definición sostuvo que “adelantarse al juicio, se pierde la credibilidad y fiabilidad antes entes internacionales”.

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