indefensos Protestas-y-Manifestaciones-en-Venezuela-Derechos-Humanos-DDHH-800x533-e1419362770907Noviembre 05, 2015.-“Hace pocos días fue entregada al Ministerio de la Defensa”, dijo el defensor del pueblo, Tarek William Saab. Será aprobada vía habilitante

Está a punto de ser derogada la cuestionada resolución 008610 del Ministerio de la Defensa, vigente desde comienzos de año y que dio carta blanca a todos los componentes de la FANB para usar “armas mortales” en el control de manifestaciones públicas. El proyecto de ley que la va a sustituir circunscribirá la potestad para actuar en estas tareas exclusivamente a la GNB, y establece parámetros precisos sobre el uso de la fuerza mortal.

Así lo confirmó el defensor del pueblo, Tarek William Saab, coordinador del equipo que redactó una propuesta de ley para el uso de armas en el control de manifestaciones violentas. Su despacho entregó la propuesta a la Guardia Nacional Bolivariana en junio para su revisión y este componente ya lo pasó al Ministerio de la Defensa.

“Hace pocos días fue entregada al Ministerio de la Defensa. Es un texto que regula el uso de las armas de fuego en las manifestaciones violentas y armadas. Aún no tiene un nombre definitivo porque está sujeto a que el ministerio y la GNB, que es el componente a quien competería su aplicación, lo revisen. En esa fase es donde se encuentra ahora. Esa ley derogaría la resolución 008610 del Ministerio de la Defensa y las otras cuatro resoluciones del Ministerio del Interior sobre el mismo tema”, indicó Saab.

La resolución 008610 autorizó el “uso de la fuerza potencialmente mortal, bien con el arma de fuego o con otra arma potencialmente mortal” como último recurso para “evitar los desórdenes, apoyar la autoridad legítimamente constituida y rechazar toda agresión, enfrentándola de inmediato y con los medios necesarios”.

“El nuevo proyecto de ley ofrece los parámetros para la aplicación del uso progresivo y diferenciado de la fuerza, así como el uso de armas de fuego. Su enfoque es desde la perspectiva de la protección de los derechos humanos, entonces se centra en la protección de la vida y los bienes de la ciudadanía cuando una manifestación deje de ser pacífica y se torne violenta y armada”, expresó el defensor del pueblo.

Pese a la importancia del instrumento, este carecerá de debate parlamentario y de consulta pública. La ciudadanía, las ONG y los defensores de derechos humanos no serán tomados en consideración, pues  será aprobado por el presidente Nicolás Maduro, y no por la Asamblea Nacional. “La idea es que esta ley sea aprobada por vía habilitante”, confirmó Saab.

El presidente Maduro fue facultado en marzo pasado para legislar por decreto en “materias para la garantía reforzada de los derechos de soberanía y protección del pueblo venezolano y el orden constitucional de la República” hasta el 31 de diciembre próximo.

Actuación en DDHH. El defensor del pueblo informó que su despacho irá próximamente a la Asamblea Nacional para presentar el proyecto de ley de actuación en derechos humanos.

“El proyecto consta de 40 artículos que dictan aspectos operativos, fórmulas y metodologías de trabajo de la Defensoría del Pueblo en el terreno. Además, contiene 6 grandes definiciones de área de competencia: defensa, protección, educación, querella, legislación y mediación. Define 15 programas de formación en las áreas específicas y 35 líneas de acción defensorial”, precisó.

Con respecto al momento de la presentación, Saab indicó: “Aún no hemos decidido la fecha, pero será antes de que termine el segundo período ordinario de sesiones. Estamos haciendo la coordinación correspondiente con el presidente del Legislativo, Diosdado Cabello”.

http://www.el-nacional.com/politica/Ley-control-manifestaciones-manos-Ejecutivo_0_732526981.html