Abril 21, 2015.-Los cinco funcionarios de la extinta Policia Metropolitana de Caracas: Marco Hurtado, Héctor Rovaín, Arube Pérez, Luis Molina y Erasmo Bolívar cumplen 12 años bajo arresto, aunque hace seis ya cumplieron su condena según la legislación venezolana.
Una manifestación multitudinaria que tuvo lugar en la capital venezolana, Caracas desembocó en un enfrentamiento entre oficialistas y francotiradores que dejó un saldo de 19 muertos y más de 300 heridos. Las imágenes dieron la vuelta al mundo. Los sucesos ocurridos en un famoso puente, “Llaguno” darían el nombre a uno de los hechos más sangrientos registrados en las dos últimas dos décadas, los hechos del 11 de abril del 2002, en Venezuela.
El Puente Llaguno es el nombre de un paso vehicular elevado de la Avenida Urdaneta, situado a unos 200 metros del Palacio de Miraflores, que recorre perpendicularmente sobre la Avenida Baralt, en el centro de Caracas. El puente recibe su nombre de don Felipe de Llaguno y Larrea, un distinguido vecino de Caracas del Siglo XVIII.
Este martes 21 de Abril del 2015, cinco funcionarios de la Policía Metropolitana de Caracas: Marco Hurtado, Héctor Rovaín, Arube Pérez, Luis Molina y Erasmo Bolívar cumplen 12 años bajo arresto, igual que otros presos políticos venezolanos están en la cárcel de Ramo Verde como Leopoldo López, Antonio Ledezma y Daniel Ceballos.
La marcha de carácter pacífico y a la que asistieron un millón de personas se dirigía al Palacio de Miraflores ( a petición de los asistentes y de manera espontánea) para pedir la renuncia al entonces presidente, Hugo Chávez. Los principales reclamos para entonces tenían que ver con los cambios radicales, cada vez más parecidos al régimen de los Castro en Cuba que iniciaba el difunto mandatario.
Los francotiradores
De acuerdo a los testimonios, los funcionarios trataron de evitar el enfrentamiento desviando el curso de la marcha, sin embargo una emboscada y francotiradores apostados desde el puente apuntaban directamente a los manifestantes.
Pese a los esfuerzos por salvar vidas, los agentes fueron condenados a la pena máxima. Algunos de los verdaderos responsables del oficialismo, aceptaron haber disparado contra la marcha pacífica y fueron condecorados por el expresidente Chávez, además han sido reconocidos como “los héroes del Llaguno”.
La juez, Marjorie Calderón, quien ejecutó las órdenes de condenar a los funcionarios metropolitanos sin pruebas, sólo apegada a las órdenes del régimen chavista. Calderón, desde entonces, tuvo un rápido ascenso en el Poder Judicial y hoy es Magistrada del máximo tribunal de Venezuela, el Tribunal Supremo de Justicia.
Durante los sucesos de ese día, varios testigos señalaron haber visto personas disparando desde dos ubicaciones específicas: El Hotel Ausonia y el Hotel Eden.
En informe presentado el 15 de mayo de 2002 ante la Asamblea Nacional, el jefe de la Casa Militar (la guardia del presidente de Venezuela) para ese momento, Coronel Almidien Ramón Moreno Acosta, se afirma que diez sospechosos fueron detenidos el día 11 de abril de 2002 bajo la acusación de ser supuestos francotiradores.
Tres de ellos fueron capturados por un grupo de ciudadanos no identificados y entregados a Casa Militar, no se presentaron informes sobre si se les incautó algún arma de fuego. Los siete individuos restantes fueron capturados directamente por funcionarios de la Guardia de honor (Casa Militar). Estos siete individuos fueron plenamente identificados ya que se habían registrado con sus nombres reales en el Hotel Ausonia. Uno sólo de ellos portaba un arma calibre 38 sin percutar.
El 12 de abril fueron entregados a la Fiscalía y procesados en tribunales. Fueron dejados en libertad por no encontrarse elementos suficientes para imputarles algún cargo. El revólver no había sido disparado ni se encontraron trazas de disparo en ninguna parte del cuerpo o ropa de los detenidos.
Los condenados
- 30 años de prisión a los comisarios Henry Vivas, Lázaro Forero, al exsecretario de seguridad ciudadana Iván Simonovis, y a los funcionarios Erasmo Bolívar, Julio Ramón Rodríguez y Luis Enrique Molina.
- 17 años y 10 meses de prisión al funcionario policial Cabo Primero Arube Salazar.
- 16 años de prisión al funcionario policial Marcos Hurtado.
- Tres años de prisión a Ramón Zapata que fue liberado luego al cumplir cinco años tras las rejas.
- Rafael Neazoa López arrestado, pero absuelto de todas las acusaciones.
Los tres comisarios Iván Simonovis, Lázaro Forero y Henry Vivas y ocho agentes de la desaparecida Policía Metropolitana (PM) fueron procesados específicamente por ser los responsables de las muertes de Erasmo Sánchez y Rudy Urbano Duque.
Iván Simonovis por razones de salud, cumple actualmente arresto domiciliario. El comisario Henry Vivas, sentenciado igual que Forero y Simonovis a 30 años de prisión por los hechos de abril de 2002, recibió la medida humanitaria y la reclusión en su casa a finales de diciembre de 2011, luego de varias solicitudes.
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Para septiembre de 2012 se dio a conocer una declaración firmada y notariada en Costa Rica del ex-magistrado de la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justica venezolano, Ramón Eladio Aponte Aponte, en la que se refiere a un recurso de Casación introducido por los condenados ante la Sala Penal del TSJ. En ella, Aponte señala que “la orden que expresamente me dio el Presidente Chávez era “salir de eso de inmediato sin más tardanza” “Condénelos de una vez” así lo hice, y al tener el proyecto lo firmamos el 18 de mayo de 2010 y se publicó el fallo el 21 de mayo, sentencia 173 con la aprobación mía, Deyanira Nieves, Miriam Morando y Héctor Coronado Flores, y a cada uno de ellos les hice saber, que esa era la orden de Chávez por lo que se apresuraron a firmar.
Salvo el voto de Blanca Rosa Mármol, la legitimidad de esta declaración sigue siendo controversial, aún cuando otro exmagistrado del Tribunal Supremo de Justicia, Luis Velázquez Alvaray, ha corroborado públicamente otros señalamientos hechos por Aponte.
En febrero de 2013, la fiscal general de la República, Luisa Ortega Díaz, anunció que el Ministerio Público conformaría un equipo de trabajo para evaluar las medidas sustitutivas dadas a los excomisarios de la extinta Policía Metropolitana. “Se debe verificar si la situación de salud en la que ellos se encontraban fue superada para que vuelvan a su anterior situación”, dijo Ortega Díaz, quien agregó que trabajaba “conjuntamente con la colaboración de las víctimas” en la búsqueda de que “haya justicia en estos casos”.
Ese anuncio no pasó de una intervención en los medios de comunicación.
El comunicado conjunto de los cinco policías en prisión fue difundido por Venezuela Awareness este 21 de abril de 2015
“Hoy 12 años 40.392 días que les cambió la vida … 21-04-03 Al 21-04-15. Marco Hurtado, Héctor Rovaín, Arube Pérez, Luis Molina y Erasmo Bolívar, hace 12 años, de forma voluntaria se pusieron a derecho y fueron privados de libertad por una arbitraria decisión judicial, sometidos a un proceso penal lleno de vicios y abuso de poder en el uso de las facultades y atribuciones legales por parte de los rectores de la justicia en Venezuela, dando fin al juicio con una grotesca condena, que marco la vida de nueve familias venezolanas.
En esta etapa del proceso de privación de libertad, se han dedicado efectivamente al estudio y al trabajo, cumpliendo con los requisitos legales pertinentes para que le sean otorgados la redención judicial de la pena por el estudio y el trabajo y, en consecuencia, las fórmulas alternativas de cumplimiento de pena.
El Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de ejecución Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, se ha negado a pronunciarse en la oportunidad debida en el otorgamiento de las Fórmulas Alternativas de cumplimento de pena que les corresponden y vencidas desde el año 2007, a pesar de las solicitudes realizadas ante ese despacho, por parte de la defensa y los familiares
El artículo 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela la cual establece el carácter predominante de las fórmulas alternativas de cumplimiento de la pena a las medidas de naturaleza reclusoria y Ratificado por la Sala Constitucional en su Sentencia N° 1859, de fecha 18 de diciembre de 2014, con Ponencia del Magistrado Juan José Mendoza Jover, en la cual se estableció, con carácter vinculante, que dichas fórmulas alternativas de cumplimiento de pena “… no constituyen beneficios procesales ni conllevan a la impunidad…” como lo había asentado con anterioridad en el fallo N° 875 del 26-6-2012. … Así, expresamente se señala: “En todo caso las fórmulas de cumplimiento de penas no privativas de la libertad se aplicarán con preferencia a las medidas de naturaleza reclusoria.”
A los entes gubernamentales que le corresponde velar por el respeto al debido proceso y en especial a los derechos humanos como el Tribunal Supremo de Justicia, a la Fiscalía General de la República, a la Defensoría del Pueblo, a la Asamblea Nacional, al Ministerio Popular Para el Sistema Penitenciario y en especial a Circuito judicial del Estado Aragua, que casos como este son una prueba de las fallas que ocurren dentro del sistema penitenciario de nuestro país.
Estamos solicitándole al mismo sistema de justicia que los privó de libertad, que los condenó, que los ha mantenido en prisión por 12 años (40.392 días), que con total apego a lo establecido en la Legislación Venezolana, que se dé respuesta a la solicitud de fórmulas alternativas de cimplimiento de pena.
Firman:
Funcionarios de la Policia Metropolitana, culpables necesarios de los sucesos del 11 de abril del 2002,
Marco Hurtado, Héctor Rovaín, Arube Pérez, Luis Molina y Erasmo Bolívar
Centro de Procesados Militares de Ramo Verde
http://www.diariolasamericas.com/4848_venezuela/3062872_puente-llaguno-cinco-policias-venezolanos-estan-aun-tras-las-rejas.html