Informe 2011 sobre la tortura en Venezuela de la ONG internacional ACAT

Martes, 19 de junio de 2012

Traducción del capítulo de Venezuela del Informe 2011 de la ONG internacional ACAT: “Un mundo de tortura”.

La victoria de Hugo Chávez en diciembre de 1998 en las elecciones presidenciales suponía romper con un pasado de corrupción, de represión a las protestas sociales y de pauperización como consecuencia de las reformas económicas neoliberales y la crisis en los ingresos derivados del petróleo. Después de dos intentos de golpes de Estado fomentados por su organización, el Movimiento Revolucionario Bolivariano 200, o MBR 200, en 1992, el ex teniente coronel logró hacerse elegir democráticamente por la defensa de los sectores más desfavorecidos y haciendo hincapié en su voluntad de reformar el sistema político a través de la creación de un “poder moral” y a través de la participación popular.

Sus primeros días en la presidencia mostró signos de cambios positivos para los derechos humanos. Por ejemplo, en diciembre de 1999, el Jefe de Estado celebró un referéndum para adoptar una nueva Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el nuevo nombre del país, que reconoce los principios fundamentales de la indivisibilidad e interdependencia universal de los derechos humanos y afirma la primacía sobre el derecho interno de todos los tratados, pactos y convenciones con respecto a los derechos humanos.

Doce años después, numerosas voces se han levantado para denunciar un cambio de régimen autoritario y su falta de respeto a los derechos fundamentales. Paso a paso, Hugo Chávez, ha logrado prorrogar el mandato presidencial de cuatro a seis años, para elevar el tiempo limite a dos mandatos consecutivos, y, finalmente, a su renovación del mandato sin límites. En cuatro ocasiones, llegó a la Asamblea Nacional para otorgar poderes especiales para legislar por decreto.

Las múltiples cooptaciones y reformas institucionales han causado que los principales poderes autónomos (Oficina del Procurador General, la Corte Suprema de Justicia, el Consejo Nacional Electoral) estén en su control, y que pone en peligro la independencia del sistema legal.

Desde 2004, las autoridades han adoptado una serie de reformas a las leyes del Código Penal destinadas a restringir la libertad de expresión en los medios de comunicación, que, o bien pierden sus licencias o están condenados a la autocensura por temor a represalias. Ellos también han obstaculizado la libertad de asociación y la labor de los defensores de los derechos humanos a través campañas de calumnia, acoso judicial, agresiones e intimidaciones. Finalmente, como respuesta, en concreto, a la criminalidad masiva, las fuerzas de seguridad se han incrementado sin realmente tener que rendir cuentas. Profundamente imbuido de los valores militares que están a favor de las intervenciones brutales.

PRÁCTICA DE LA TORTURA

El recurso a la tortura, ampliamente utilizado en todo el siglo 20, sigue siendo un lugar común dentro de las fuerzas de seguridad del Estado, la policía y el ejército. En términos generales, las ONG denuncian la falta de transparencia y comunicación de los funcionarios de la Defensoría del Pueblo, el órgano encargado de promover y garantizar los derechos humanos. En 2008, esta oficina, no obstante, indicó que 87 de las 2.197 quejas presentadas por la integridad física y moral de los ataques cometidos por agentes de seguridad, implican actos de tortura contra 78 en 2007. Según el Programa Venezolano de Educación-Acción en Derechos Humanos, Provea, se observó un aumento significativo en los casos presentados entre octubre de 2009 y septiembre de 2010, incluyendo los casos de 10 víctimas que murieron durante o después de los actos de tortura. Mientras tanto, la ONG Red de Apoyo por la Justicia y la Paz ha registrado 16 casos de tortura durante el primer semestre de 2011, es decir, 243 desde enero de 2003. Estos datos sólo dan cuenta parcial de la práctica de tortura: un gran número de víctimas y sus familiares ignoran sus derechos y los mecanismos de denuncia, o prefiere permanecer en silencio por miedo a represalias a futuro.

Víctimas

La mayoría de las víctimas son hombres, jóvenes (entre 18 y 38 años de edad), y vienen de las clases más desfavorecidas de la sociedad. Son los estudiantes (18%), trabajadores (14%), personas que tienen un empleo a corto plazo (10%), comerciantes y amas de casa (6%).

En un contexto de criminalización de la pobreza, los ciudadanos se ven ven como fuentes potenciales de ser vistos como delincuentes y con pocas probabilidades de presentar quejas por el uso excesivo de la fuerza.

En mayo de 2004, Jhoward Serrano, estudiante de 22 años de edad, y sus amigos fueron detenidos por oficiales de policía en la esquina de la calle donde vivía en el Estado de Lara. Los metieron en una patrulla,  la razón: eran “vagabundos”. Los agentes los golpearon, los rociaron con gases lacrimógenos en sus bocas, y finalmente los liberaron, con la excepción de Jhoward, a quien sacaron para un lugar secreto donde fue torturado de nuevo. Después de haber perdido la conciencia lo levantaron y fue abandonado en una calle.

En menor medida, algunas personas corren el riesgo de ser maltratados y torturados por sus preferencias sexuales.

Aunque su número no se toma en consideración, las principales víctimas de la tortura y los malos tratos son prisioneros. De acuerdo con las cifras proporcionadas en noviembre de 2009 por Observatorio Venezolano de Prisiones al Comité de Naciones Unidas contra la Tortura, la población carcelaria aumentó a 32.820, incluyendo 22, 328 en detención temporal (es decir 68% de los reclusos), en contra de una capacidad de retención nominal de 12, 000 reclusos. Privaciones ilegales de la libertad y las transferencias arbitrarias, que forman el núcleo de los métodos de investigación, son el preludio de asalto. En 2010, el Comité Contra la Tortura expresó su preocupación por el número de reclusos (2,2%) que murieron como consecuencia de la violencia. En 2010, 352 presos murieron y 736 resultaron heridas. Esta brutalidad se debe a los pranes, quienes son los líderes y quienes se han apoderado de las cárceles. También se debe al resultado de la falta de intervención o de la intervención violenta del personal de la cárcel.

En mayo de 2009, los guardias de la prisión de Los Teques, en busca de armas y revólveres, desvistieron a los presos durante varias horas. Durante la búsqueda, doce reclusos resultaron heridos, dos de ellos por arma de fuego.

Torturadores y tortura

Iniciado hace unos pocos años, el aumento de la presencia policial y militar contribuyó la persistencia del fenómeno de la tortura. A finales de 2007, Venezuela tenía cerca de 70.000 policías-contra 40.000 en 1990 – y 457 agentes de seguridad por cada 100, 000 habitantes, mientras que el promedio de los llamados “países del Sur” tienen 350.

En 2009, el Consejo General de la Policía incluyó a 141 agencias de seguridad: 24 Fuerzas policiales del Estado, 110 policías municipales, dos fuerzas nacionales de policía (judicial y politica), cuatro unidades de la Fuerza Armada Nacional, y una Dirección de los Servicios de Prevención (DISIP).

Al mismo tiempo, el Ministro del Poder Popular del Interior y Justicia, Tarek El Aissami, admitió que “en Venezuela, el 20% de los delitos son cometidos por la propia policía.”

Miembros del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC) son quienes recurren con más frecuencia a la tortura como método de investigación. Alexander Infante Agrinzone, un taxista de 41 años acusado de secuestrar a un empresario y detenido el 25 de noviembre de 2009 por el CICPC en Tejerías, en el Estado de Aragua, murió en la comisaría de policía. La víctima presentaba signos de cianosis en torno a las uñas de las manos y la boca azulada, la policía atribuye estos signo a un infarto.

El Servicio Bolivariano de Inteligencia (SEBIN), La Guardia Nacional Bolivariana (GBN), Las fuerzas policiales del Estado, entre las que destaca la Policía Metropolitana (PM) de la capital, Caracas, y el Equipo de Reacción Inmediata de Custodios Penitenciarios (ERICP) también están acusados de actos de tortura.

Además, el 50 de los 141 cuerpos de seguridad ya se han involucrado en tratos crueles, inhumanos y degradantes. Esta violencia de la policía se debe a la escasa capacitación de los agentes (apenas 3,6% de ellos son entrenados y el 70% no tienen ningún procedimiento manual), a la ausencia de coordinación del desarrollo en las unidades policiales, a la falta de medidas de prevención del delito, y en la política autoritaria por el aumento de la inseguridad.

Las autoridades policiales vienen diseñando un plan de medios que justifica ante los ciudadanos el uso excesivo de la fuerza y los ataques a los derechos humanos cometidas en nombre de la lucha contra la criminalidad: conferencias de prensa e informes sobre operativos de desmantelamientos de grandes bandas.

Generalmente los derechos humanos se violan en la vida cotidiana, bien sea en la calle o en la casa. Las víctimas son torturadas por la policía y los militares en los lugares de estos cuerpos de seguridad. La mayoría de estos abusos se producen en la capital, donde existe una alta tasa de criminalidad. Los estados Miranda, Zulia, Carabobo, Lara, Apure y Bolívar también se encuentran afectados.

Métodos y Objetivos

Los torturadores generalmente combinan la tortura física y psicológica, infligida a personas víctimas o a sus familiares. Los procedimientos más frecuentes consisten en patadas, golpes y lanzando a la víctima por un tramo de escaleras, la asfixia en bolsas de plástico, electroshock, privación de alimentos, las amenazas de agotamiento, la muerte y el aislamiento.

El 30 de enero de 2011, una adolescente de 16 años de edad, Francis Daniela Núñez Martínez y su padre fueron detenidos en Caracas por miembros del CICPC y llevados a la estación de la policía para responder a preguntas sobre un tiroteo que se produjo la noche antes cerca de su casa. Los policías interrogaron a Daniel Antonio Núñez en un cuarto contiguo adonde se encontraba su hija. Cuando ella se enteró que su padre estaba siendo sometido a golpes, se vino abajo y proporcionó la información deseada.

Estas prácticas buscan obtener información o confesiones, para supervisar y reprimir a los detenidos; intimidar y castigar. Para continuar con esta política de control, se ha implementado en zonas sensibles o regiones fronterizas, donde los extranjeros pueden ser considerados una amenaza por las fuerzas de seguridad.

Las fuerzas policiales incluyen tanto a los oficiales a favor y en contra de Chávez, cuyas convicciones interfieren con sus funciones. Mairim Delgado, de 29 años, fue arrestada en septiembre de 2009 en la empresa de su novio y dos amigos, todos los miembros del partido gobernante. Acusada de robar a un policía, ella fue detenida por la DISIP y torturada durante dieciséis días por funcionarios hostiles al Jefe de Estado, quienes la llamaban “maldita chavista!”

Legislación y la práctica jurídica 

Condena legal de la tortura

En virtud del artículo 46 de la Constitución, ”Ninguna persona podrá ser sometida a penas, torturas, tratos crueles, inhumanos o degradantes. Toda víctima de tortura o trato cruel, inhumano o degradante practicado o tolerado por parte de agentes del Estado, tiene el derecho a la rehabilitación. […] Todo funcionario público que, por razón de su posición oficial, inflija malos tratos o sufrimientos físicos o mentales a cualquier persona, o que instigue o tolere dicho tratamiento, será sancionado de acuerdo con la ley. “Artículo 49 dice que también los estados” La confesión será válida sólo si fuere hecha sin coacción de ninguna naturaleza “. No obstante, Venezuela aún no ha cumplido con la disposición transitoria N º 4, sobre la llamada legislación de la sanción de la tortura, ya sea a través de una ley especial o a través de una reforma del Código Penal, ni en los siguientes años después de agosto de 2002 con la investidura de la Asamblea Nacional. Tampoco la última Asamblea, de enero de 2011, colocó este tema en su agenda para el Código Penal 2011.

El Código Penal también prohíbe la tortura: “Todo funcionario público (encargado) de la custodia o el (la conducta) el control de una persona, ya sea detenida o condenada, que cometa actos arbitrarios en contra de la última o la someta a actos que no sean autorizados con arreglo a la normativa aplicable, será castigado con una pena de encarcelamiento que van desde quince días a veinte meses. ”

Una pena mayor (de tres a seis años de cárcel) se impone en el material o los autores intelectuales de los ataques de la dignidad humana, las humillaciones, la tortura, física o moral y malos tratos. Sin embargo, sólo tienen en cuenta las provisiones de las víctimas que han sido formalmente arrestadas. Pero el delito de tortura de por sí no existe todavía. Las numerosas denuncias obtenidas muestran las protecciones establecidas en la Constitución y el Código Orgánico Provesal Penal. Asimismo, la Ley de Régimen Penitenciario y los presos Reglamento Judicial no garantiza las normas relativas a prisioneros y supervisión de interrogatorios. El país ha ratificado los principales tratados internacionales y regionales contra la tortura y otras penas crueles, inhumanas o degradantes. Sin embargo, bajo la presidencia de Hugo Chávez, la mayoría de las visitas de los Relatores Especiales de las Naciones Unidas fueron canceladas, y los informes periódicos a los Comités no se presentaron o se presentaron muy tarde.

El Jefe del Estado descalifica públicamente el sistema internacional de observación y protección de derechos humanos, en particular las decisiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

El castigo de los autores de torturas

Pocos casos de violaciones a los derechos humanos movilizan al sistema de administración de la justicia a tomar una decisión. Las víctimas del Caracazo están a la espera de juicios e indemnizaciones. Los expedientes de las víctimas a menudo se pierden en el limbo burocrático. Los actos de tortura rara vez son condenados: entre 2003 y 2007, según la Red de Apoyo por la Justicia y la Paz en 146 casos, de la Procuraduría General de la República, no se había cerrado la investigación ni presentado alguna acusación.

Debido a la falta de una definición específica de la tortura, en la Oficina del Ministerio Público sólo se presentan denuncias por lesiones, pero no por los actos de tortura per se.

Sin embargo, en febrero de 2009, tres oficiales de la policía del Estado Aragua, fueron condenados a tres años y nueve meses de cárcel por torturas y malos tratos. En los medios de comunicación y en las redes de Internet y sociales circuló un video de demostración de los agentes de la policía golpeando salvajemente a dos ciudadanos, y esto, sin duda, influyó en el veredicto.

Generalmente, a los torturadores los transfieren a otra fuerza del Estado o de la policía, o despedidos en el caso de una grave y notoria queja. La impunidad prevalece en la investigación y en la  presentación de los casos ante los tribunales. El CICPC fracasa en las investigaciones, los informes de los expertos reflejan el retraso en lo solicitado por los fiscales, y acusan a las víctimas y sus testigos de ser delincuentes.

Peor aún, este cuerpo está a cargo de la investigación de sus propios agentes. En cuanto a ellos, presentan a los fiscales signos de una falta de iniciativa y de la negligencia en los casos de tortura: la audiencia oral y pública se retrasan, la evidencia es rechazada, la constitución de tribunales mixtos son difíciles de manejar. En muchos casos, la citación no se ha redactado correctamente, por lo que los testigos, expertos o los miembros del jurado no son informados de las audiencias, mientras que los funcionarios públicos acusados, los abogados defensores y los fiscales a veces incluso no se presentan.

Informe de ACAT-Francia

 

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