Jueces comunales podrán casar, divorciar y resolver temas de menores

PEDRO PABLO PEÑALOZA |  EL UNIVERSAL
sábado 10 de diciembre de 2011  12:00 AM

La mayoría chavista de la Asamblea Nacional pasó por el tamiz de las leyes del Poder Popular su proyecto de Ley Orgánica de la Justicia de Paz. 

Del experimento surgió la propuesta de Ley Orgánica de la Jurisdicción Especial de la Justicia Comunal -nuevo título del texto-, que en la sesión plenaria de ayer la oposición rechazó por considerar que viola la Constitución y discrimina a quienes disienten del Gobierno del presidente Hugo Chávez.

El diputado Leomagno Flores (AD-Táchira) denunció que con esta iniciativa legal “se crea un sistema paralelo de justicia que no está en la Carta Magna”.

Flores calificó como un fraude que entre las competencias que otorgan a los jueces comunales figure la de “declarar, sin procedimiento previo y en presencia de la pareja, el divorcio”. Además, dice el artículo 9, los jueces comunales podrán “celebrar matrimonios de conformidad con la ley”.

El representante de la Mesa de la Unidad Democrática opinó que este proyecto también quebranta la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (Lopna), pues concede a los jueces comunales la facultad de decidir sobre casos de menores de edad.

Antes de que Flores tomara la palabra, su colega José Javier Morales (PSUV-Trujillo), proponente de la norma, dejó claro el fin que persiguen: “venimos a refundar la República y como objetivo claro debemos transferirle el poder al pueblo”.

Morales justificó el cambio del título del documento con este argumento: “si en esta ley participan, deciden, eligen y proponen los consejos comunales, no nos queda duda de que esta es la ley de la justicia de paz comunal”. En su turno, Juan Carlos Caldera (PJ-Miranda) exigió a la bancada oficialista no politizar ni secuestrar el espíritu del texto.

Julio Chávez (PSUV-Lara) subrayó que “hay que dotar al Poder Popular de un sistema de justicia alternativo” y, luego, aclaró: “no estamos construyendo un poder paralelo”.

Chávez sostuvo que en comunas y “nuevos territorios” deben tener “expresión” los cinco poderes públicos del Estado.

De todo 

El proyecto en cuestión consta de 46 artículos y establece que la jurisdicción especial comunal “abarca la facultad de conocer y decidir en todo lo relacionado con las actuaciones, abstenciones, negativas o vías de hecho de los consejos comunales, comunas y organizaciones del Poder Popular”.

Con respecto a su financiamiento, el artículo 13 fija que “el Ejecutivo nacional incluirá en las leyes de presupuesto anuales, a solicitud del Tribunal Supremo de Justicia, los recursos económicos necesarios que garanticen el funcionamiento de la jurisdicción especial comunal”. Originalmente planteaban que el pueblo organizado cargara con este gasto.

No son todos 

Antes de aprobar el nuevo título de la ley, la oposición solicitó verificar el quórum. El chavismo procedió al revés: ratificó el nombre y, después, sacó cuentas. Según el secretario de la Cámara, Iván Zerpa, en ese momento se encontraban presentes 85 de los 165 parlamentarios, número suficiente para sesionar. Sin embargo, Caldera aseveró que solo había 77 diputados y tachó de “tramposos” a los rojos.