El ex gobernador del Zulia, Oswaldo Álvarez Paz, llegó ayer a la sede del
Palacio de Justicia esposado, luego debió esperar su audiencia de
presentación dentro de un calabozo -acompañado por procesados por delitos
comunes- antes de escuchar la decisión del juez 25 de Control, Rafael Osío :
Deberá permanecer en prisión mientras se desarrolla el proceso judicial en
su contra.
De nada sirvieron los alegatos de la defensa para obtener una medida que le
permitiera afrontar el juicio en libertad.
Omar Estacio, abogado del dirigente político, planteó ante el Tribunal "El
arraigo del doctor Álvarez Paz -vive en Venezuela al igual que su familia- ,
su conducta predelictual -antecedentes penales-, que no tiene, su
comportamiento a lo largo del proceso, al atender a todas las citaciones y
el daño supuesto que pudo haber causado, que no fue ninguno".
Señala que al desestimar el juez todos esos elementos, se viola el derecho a
la defensa y el debido proceso.
Según el hijo del ex gobernador, el abogado Juan Carlos Álvarez -quien forma
parte de la defensa de su padre- la Fiscalía señaló que había una presunción
de fuga "porque uno de los delitos que se le imputa, tiene como sentencia
más de 10 años de prisión".
El Tribunal asignó como sitio de reclusión para Álvarez Paz El Helicoide,
sede del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional -Sebin- y donde
permanecen detenidos los comisarios Iván Simonovis, Henry Vivas y Lázaro
Forero.
No obstante, Estacio advirtió que "por razones de salud era recomendable que
estuviera en un sitio de reclusión apropiado por su condición física".
Álvarez Paz presenta problemas de hipertensión y glicemia.
Delito de opinión
El procesamiento judicial del ex gobernador zuliano, tiene su origen en las
declaraciones que emitió el 8 de marzo pasado en el programa Aló
Ciudadano que trasmite Globovisión. Allí expresó su opinión sobre el
auto judicial del juez español Eloy Velasco, en torno a la presunta
colaboración del Gobierno venezolano con la guerrilla de las FARC y el grupo
separatista vasco ETA.
Se le imputa los delitos de conspiración, difusión de información falsa e
instigación a delinquir.
"El doctor Álvarez Paz no tiene ningún arrepentimiento con respecto a lo que
dijo. Él más bien quiere que se plantee una discusión de fondo, porque lo
que se está estableciendo es el derecho a opinar. No hay opiniones falsas o
verdaderas, hay opiniones, por eso objetamos la decisión", señaló Estacio.
Sobre este tema, la Corte Interamericana de los Derechos Humanos, sentenció
el 20 de noviembre de 2009, en el caso del general venezolano Francisco Usón
que "...Las opiniones no pueden considerarse ni verdaderas ni falsas. Como
tal, la opinión no puede ser objeto de sanción, más aún cuando dicha opinión
esté condicionada a que se comprueben los hechos sobre los que se basa...".
En dicha sentencia, se recuerda además, que La Comisión Interamericana de
Derechos Humanos ha dicho que "Las sanciones penales y su severidad nunca
deberían ser utilizadas como un recurso para sofocar el debate público sobre
cuestiones de interés general y para limitar la crítica a los funcionarios
en el ejercicio de sus funciones, al Estado o sus instituciones".
No obstante, según el director general de Actuación Procesal del Ministerio
Público, Alejandro Castillo, el caso de Álvarez Paz "no se trata de
persecución política". Agregó que el país cuenta con un código penal en el
que se consagran figuras delictivas y la orden de aprehensión se ejecutó en
virtud de la presunta comisión de un hecho punible.
Reyes Theis
EL UNIVERSAL