Noticiero Digital (11/06/08-02:36pm).- El fallo sobre el caso Microstar no se dará este miércoles debido a la recusación del juez que lleva la causa. La medida fue tomada por la representación de la Fiscalía, y fue criticada por los abogados de los acusados, al establecer que la misma carecía de objetividad, pues este juicio estaba en su parte final. Este procesos inició en el mes de noviembre de 2003, cuando el Seniat solicitó ante el Ministerio Público investigar la simulación de importación de mercancía por parte de la empresa Microstar, siendo imputados el empresario Gustavo Arraiz y el presidente de Bolívar Banco, Eligio Cedeño.

Después de 3 meses de juicio
Recusada Juez de Caso Microstar


11 de junio de 2008
Prensa Lina Romero

La Representación de la Fiscalía ejerció recusación sobrevenida en contra de la Juez del caso Microstar .Dra Gabriella Salazar Juez 23 de Juicio.

El Juicio del caso Microstar seguido a los Ciudadanos Gustavo Arraiz y Eligio Cedeño, el cual en el día de ayer culmino la recepción y evacuación de pruebas y que se disponía hoy para las conclusiones del caso y posiblemente el tribunal emitiera el fallo correspondiente, los representantes de la Fiscalía recusaron a la Juez. Así lo informaron los Abogados de Eligio Cedeño Dr. Pedro Sanoja.

La defensa precisó que los fundamentos de la recusación carecen de objetividad, mal puede en este momento el Ministerio publico plantear una recusación cuando ya se esta en la etapa final del juicio y en el caso que nos ocupa no están presentes indicios ni elementos de convicción que conlleven a presumir que la juez se encuentra incursa en la casual de recusación pues no es cierto que la juez haya emitido por adelantado opinión sobre el fondo del asunto, como tampoco es cierto que existe una vinculación amorosa entre la Juez y Eligio Cedeño, tampoco es cierto que la Juez se haya reunido con algunas de las partes en ausencia de la otra.

Asimismo informaron que la recusación es extemporánea, por cuanto ya venció la oportunidad procesal para ejercerla y así mismo el ministerio público perdió el derecho de ejercer tal recusación por cuanto anteriormente en la misma instancia, ya había ejercido con anterioridad dos recusaciones contra de jueces de juicio que conocíandel caso. Lo anterior, pone de manifiesto el proceder temerario del Ministerio público en el ejercicio del derecho de recúsar .