Noticiero Digital (11/06/08-02:36pm).- El fallo sobre el caso Microstar
no se dará este miércoles debido a la recusación del juez que lleva la causa. La
medida fue tomada por la representación de la Fiscalía, y fue criticada por los
abogados de los acusados, al establecer que la misma carecía de objetividad,
pues este juicio estaba en su parte final. Este procesos inició en el mes de
noviembre de 2003, cuando el Seniat solicitó ante el Ministerio Público
investigar la simulación de importación de mercancía por parte de la empresa
Microstar, siendo imputados el empresario Gustavo Arraiz y
el presidente de Bolívar Banco, Eligio Cedeño.
Después de 3 meses de juicio
Recusada Juez de Caso
Microstar
11 de junio de 2008
Prensa Lina Romero
La Representación de la Fiscalía ejerció recusación sobrevenida en contra de la
Juez del caso Microstar .Dra Gabriella Salazar Juez 23 de Juicio.
El Juicio del caso Microstar seguido a los Ciudadanos Gustavo Arraiz y Eligio
Cedeño, el cual en el día de ayer culmino la recepción y evacuación de pruebas y
que se disponía hoy para las conclusiones del caso y posiblemente el tribunal
emitiera el fallo correspondiente, los representantes de la Fiscalía recusaron a
la Juez. Así lo informaron los Abogados de Eligio Cedeño Dr. Pedro Sanoja.
La defensa precisó que los fundamentos de la recusación carecen de objetividad,
mal puede en este momento el
Ministerio publico plantear una recusación cuando ya se esta en la etapa
final del juicio y en el caso que nos ocupa no están presentes indicios ni
elementos de convicción que conlleven a presumir que la juez se encuentra
incursa en la casual de recusación pues no es cierto que la juez haya emitido
por adelantado opinión sobre el fondo del asunto, como tampoco es cierto que
existe una vinculación amorosa entre la Juez y Eligio Cedeño, tampoco es cierto
que la Juez se haya reunido con algunas de las partes en ausencia de la otra.
Asimismo informaron que la recusación es extemporánea, por cuanto ya venció la
oportunidad procesal para ejercerla y así mismo el ministerio público perdió el
derecho de ejercer tal recusación por cuanto anteriormente en la misma instancia,
ya había ejercido con anterioridad dos recusaciones contra de jueces de juicio
que conocíandel caso. Lo anterior, pone de manifiesto el proceder temerario del
Ministerio público en el ejercicio del derecho de recúsar .