“Mi Verdad”
¡Si se puede!
Biagio Pilieri
“Preso Político y Secuestrado Judicial,
pero Libre de Conciencia”
A raíz de algunas dudas que pueden generarse en algunas personas con respecto a que si los “Presos Políticos” pueden ser Candidatos a Diputados a la Asamblea Nacional, podemos entonces revisar algunos aspectos legales que se expresan en nuestro texto Constitucional y las leyes especificas, y además en comentarios públicos que se han recogido en días recientes en los distintos Medios de Comunicación. Veamos entonces lo siguiente:
“(…) El ejercicio de la ciudadanía o de alguno de los derechos políticos sólo puede ser suspendido por sentencia judicial firme” (Art.42 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela).
“Son penas accesorias de la prisión : La Inhabilitación política durante el tiempo de la condena” (Art.16 del Código Penal de la República Bolivariana de Venezuela)
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“ El intentar aseverar que los presos políticos no pueden inscribirse para ser diputados a la A.N. ,viola las garantías Constitucionales referidas a la presunción de inocencia , al debido proceso , al derecho a la defensa y al principio de igualdad , contenidos y establecidos en la Constitución , en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y en la Carta Internacional de Derechos Humanos .(…) Llamo a la oposición democrática a ser muy claros en la defensa de los Presos Políticos” (Dr. Hermann Escarrá, abogado, experto Constitucionalista y exConstituyentista).
“Tristemente , ha sido el sometimiento de nuestro sistema Judicial al Ejecutivo lo que para comenzar los llevo a la cárcel , y hoy una decisión política los puede sacar de allí.(…) Si somos coherentes con el discurso que escuchamos todos los días sobre solidaridad con estos ciudadanos que se encuentran tras las rejas por persecución política , todos los factores activos en esta sociedad convulsionada, digo todos , deberían estar no solo apoyándolos de palabra sino , mas allá, respaldándolos solidariamente con hechos , con su postulación” (Dra.Tamara Sujú Roa, abogada, experta penalista, y Defensora de Derechos Humanos).
“Si no hay una condena ya decidida pueden Inscribirse como candidatos. (…) En caso de estar pendiente la resolución de un recurso de apelación en alguna sentencia, así como los lapsos para ejercerlos, la misma no es firme y por ende la persona está en su derecho de postularse. De ser elegidos gozarían de inmunidad parlamentaria y saldrían libres”. (Dra. Norma Delgado A., abogada penalista.)
“Los Presos Políticos sin sentencia definitivamente firme y que además no hayan sido impuestos de la pena accesoria de la inhabilitación política por un juez, tienen derecho a postularse (…). Están en su pleno derecho y la soberanía popular es la llamada a decidir si ponerlos en libertad o dejarlos de manera injusta encarcelados. En definición, no hay vuela atrás, la oposición debe volcarse a lograr la liberación de estos mártires, que por defendernos están ahí”. (Dr. Oscar Arnal, dirigente político).
“El encuentro en el CNE con el Rector, Vicente Díaz, dejó muy claro que los presos políticos mientras no estén inhabilitados por una condena bajo sentencia firme, pueden presentar su postulación como candidatos en los comicios parlamentarios. Ellos están en pleno ejercicio de sus derechos políticos” (Dra. María del Pilar de Simonovis, abogada penalista).
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Estos son algunos de los muchos argumentos, elementos y razones que dejan muy en claro que… “Si se puede”. Los Presos Políticos si pueden ser Candidatos a la elección de la Asamblea Nacional del 26 de Septiembre, pues tienen ese Derecho Humano Universal y Constitucional.
“Señor Jesús… en ti confió”
<<Saludos a todos y hasta la próxima Columna>>
“Violar los Derechos Humanos es algo que Dios no soporta.
Maltratar a los prisioneros o no darles un juicio justo, es algo que Dios no aprueba”.
(Lamentaciones 3:34-36)