Política
En los juicios políticos no hay justicia”
El abogado
penalista José Luis Tamayo consideró que la gran cantidad de
irregularidades en el proceso que se le siguió al presidente de la CTV
llevará a la anulación de la sentencia
Carlos
Ortega fue condenado a 15 años de reclusión en Ramo
Verde por el delito de rebelión, que a juicio del
abogado José Luis Tamayo es netamente político:
“Lamentablemente en los casos políticos no priva el
derecho ni la justicia”.
Tamayo, que ha seguido de cerca el desarrollo del juicio
contra el presidente de la CTV, consideró que no ha
habido debido proceso, sino una apariencia: “En el
fondo nunca te dan la razón aunque la tengas”.
Para el penalista, el caso no se ha ajustado a derecho,
pues la petición de la defensa de Ortega de que fuera
juzgado por su juez natural, es decir, un tribunal mixto
con escabinos, nunca le fue concedida. “Las
irregularidades denunciadas por el abogado Carlos Roa
Roa son muchísimas. Esas irregularidades, en mi opinión,
van a concluir en la anulación de esa sentencia, por la
cantidad de violaciones del debido proceso y del derecho
a la defensa”, advirtió.
El antecedente inmediato de esta sentencia fue el caso
de los llamados presos políticos del Táchira, a los
que también se les condenó por rebelión. Consideró
que al igual que en el estado andino, sentenciar a
Ortega por rebelión es absurdo, pues se requiere la
utilización de las armas para la comisión del delito.
Explicó que éste no se encuentra expresamente
enunciado en el artículo 143 del Código Penal — como
sí lo está la rebelión militar en el Código Orgánico
de Justicia Militar— y que fue transplantado del Código
Penal de España, aunque en la norma española se
estipula el uso de armas.
“La doctrina exige el uso de las armas, el problema es
que aquí se le ha dado una interpretación contraria a
derecho a la palabra alzamiento, una interpretación
completamente diferente a la que durante más de 100 años
se le ha dado a ese delito, que dice que necesariamente
tiene que ser cometido con armas, aparte de que es un
delito colectivo”, manifestó.
En este sentido, recordó que para que ocurra una rebelión
es necesario que participen uno o varios líderes pero
también que haya copartícipes, a los que la Fiscalía
ya ha debido procesar en un solo juicio.
“Los demás coparticipantes tenían que ser llamados a
este mismo juicio y procesados por la misma rebelión.
Esa es una irregularidad, si vas a juzgar una rebelión,
lo lógico es que se juzgue a los cabecillas y a los
subalternos y eso no ha ocurrido”, indicó.
Tamayo señaló que hasta que la sentencia no esté
definitivamente firme y haya superado las instancias de
apelación y de casación ante el Tribunal Supremo de
Justicia, no se pueden medir las consecuencias del fallo.
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