El Nacional - Miércoles 22 de Febrero de 2006 A/2
 

Política

Sentencia de Carlos Ortega copia la de los presos políticos de Táchira

Los defensores del líder obrero presentaron la apelación contra el fallo que lo condenó a más de 15 años de prisión. Aseguraron que la jueza Milagros Morales copió fragmentos textuales de la decisión del juez Gerson Niño, del estado Táchira, del 2 de noviembre de 2004

  VANESSA GÓMEZ QUIROZ
Foto JESÚS CASTILLO
Roa Roa y Tamayo acusaron a la jueza 9ª de Juicio de incurrir en errores inexcusables al motivar su sentencia
José Luis Tamayo y Carlos Roa Roa, en su carácter de defensores del presidente de la Confederación de Trabajadores de Venezuela, Carlos Ortega, acudieron a la Corte de Apelaciones para pedir la nulidad absoluta de la sentencia publicada el 2 de febrero pasado contra del dirigente sindical.

Los abogados manifestaron que se sienten estupefactos cuando, entre otros varios motivos, descubrieron el principal “error inexcusable” para apelar la pena de más de 15 años a la que fue condenado Ortega. Se trata del plagio de la sentencia publicada el 2 de noviembre de 2004 por el juez del estado Táchira Gerson Niño en el caso de los llamados presos políticos del Táchira.

De acuerdo con lo que explicaron los defensores, la jueza 9™ de Juicio, Milagros Morales, copió fragmentos textuales del fallo de Niño y tal situación fue reflejada en un cuadro comparativo de más de 16 páginas en la apelación.

Expresaron que el dictamen de la jueza “incurre en un grosero e inexcusable error, paradigma de la más insólita ilogicidad (sic), al suministrar una motivación totalmente incongruente y contradictoria, producto del plagio”.

Tamayo presentó ante la Corte la copia certificada de la sentencia, en cuyo folio 106 de la pieza 14 figura uno de los párrafos a través de los cuales se revela la poca atención que habría prestado Morales al redactar su decisión:
“Así mismo, por el tipo (el delito) debe precisarse si existió o no en la conducta humana de los acusados referidos (Carlos Ortega era el único acusado)... En efecto, se aprecia que tuvieron por objetivo deponer al gobernador del estado Táchira (hechos que no tienen nada que ver con el caso de Ortega) ”.

Los abogados indicaron que “una sentencia que no sea el resultado de una legítima y honesta operación intelectual del juez que la dicta por ser fruto de un plagio, no puede sostenerse en derecho, producir efectos jurídicos válidos, ser convalidada por la Corte, y por tanto, debe ser anulada totalmente”.

Ortega fue juzgado y condenado por los delitos de rebelión civil, instigación a delinquir y uso de documento público falso por haber auspiciado el paro petrolero de 2002-2003. Los llamados presos políticos del Táchira también fueron procesados por rebelión civil por los hechos del 11 de abril de 2002 en esa entidad federal, por lo que, según los defensores del dirigente sindical, la jueza Morales aprovechó la sentencia condenatoria de Niño por el mismo delito para copiar y pegar fragmentos en su decisión.

Tamayo y Roa Roa aseguraron que denunciarán a Morales ante la Dirección Ejecutiva de la Magistratura para que sea destituida, aunque consideran que, de oficio, debe abrirse el procedimiento administrativo.


Otros fundamentos de la apelación

Además de encontrarse más de 52 párrafos con fragmentos textuales o mutilados de la sentencia del juez Gerson Niño del estado Táchira, la jueza Milagros Morales también habría incurrido en otras irregularidades, de acuerdo con el escrito de apelación:
– “Se prescindió irregular e ilegalmente de los testigos promovidos por la Fiscalía, pese a la oposición de la defensa”.

– “La sentencia se fundamentó en pruebas incorporadas y apreciadas con violación de los principios del juicio oral”, pues se habría valorado un video y un disco compacto que no se promovieron durante el juicio.

– “Falta de motivación por contradicción entre la acusación fiscal, el auto de apertura a juicio y lo debatido en el juicio”.

– Interpretación errónea del artículo 144 del Código Penal, en el que se tipifica el delito de rebelión civil, pues los abogados consideran que la rebelión incluye el uso de armas.