Julio 9,2019.- Este lunes comienza una nueva etapa que puede ser decisiva para María Lourdes Afiuni. Su defensa acudió al Tribunal 17 de Juicio con la intención de exigir su expediente para confirmar si existe una boleta o documento que oficialice el cese de todas las medidas cautelares que pesan sobre ella. El propósito es confirmar la información emanada de la propia Michelle Bachelet, alta comisionada para los derechos humanos de Naciones Unidas, a quien el régimen de Nicolás Maduro le notificó que la jueza gozaba de libertad plena.

Pero al llegar al Palacio de Justicia, la jueza y su equipo de abogados se encontraron con el cartel «No hay despacho». La decisión sobre su libertad deberá esperar hasta el martes.

Pero la libertad plena en un caso que ya fue sentenciado y que está en proceso de apelación no es un asunto de un simple papel. Se necesita completar una serie de procesos jurídicos.

En exclusiva para Caraota Digital hablaron los abogados Thelma Fernández y Juan Carlos Goitía, aclarando los conceptos y procedimientos que se deben seguir para llegar a la tan anhelada libertad plena de la jueza que en 2009 ocupó el Tribunal 31 de Control de Caracas y le otorgó la libertad condicional al empresario Eligio Cedeño, siguiendo una resolución de Naciones Unidas.


“Una de las cosas que se debe tener clara es que la libertad plena se produce cuando te absuelven, sobreseen o anulan el proceso. Esto es muy diferente a la libertad sin restricciones que un juez puede otorgarla a un procesado pero se mantiene el proceso”, precisó Fernández, quien lleva el caso en el ámbito internacional.

En el caso Afiuni, explicó la abogada penal, el Tribunal de Juicio otorgó la libertad sin restricciones pero no puede dar la libertad plena porque tiene una condena que está en proceso de apelación”.


Goitía precisó que desde el punto de vista jurídico la libertad plena de Afiuni no procede “si no se resuelve el recurso de apelación que se introdujo”,  luego de la condena a 5 años por el delito de corrupción espiritual que dictó el juez Manuel Bonagnno en marzo pasado contra la jueza.

¿Una mentira?

¿Qué procede? La pregunta que se hacen propios y extraños de un proceso que ya cumple 9 años y 7 meses.  Según la defensa, lo correcto es que se constituya la Sala 10 de la Corte de Apelaciones y que dicte una decisión: o declaran con lugar la apelación o declaran sin lugar.

“Si declaran con lugar la apelación favorece a Afiuni, pero si la declaran sin lugar queda  confirmada la sentencia y a la defensa le quedaría ejercer el recurso en la Sala de Casación”.

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