Centro de Derechos Humanos de la UCAB: las víctimas de la lista Tascón han cumplido una etapa de enorme importancia en la lucha contra la discriminación política Foto @ CDH_UCAB

Febrero 16, 2017.-El agente del Estado venezolano intentó desviar la responsabilidad del gobierno, relacionando los despidos de tres funcionarios que firmaron por el revocatorio a Hugo Chávez en 2004, como una ruptura laboral por tratarse de cargos de libre remoción.

Después de 13 años de los despidos a raíz de la famosa lista Tascón, las denuncias de Rocío San Miguel, Thais Peña y Magaly Chang, quienes trabajaron en el Consejo Nacional de Fronteras (CNF) hasta marzo de 2004, llegaron a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH), cuya audiencia fue celebrada este martes en Costa Rica.

Antes de conocerse la sentencia de la Corte IDH, las partes tendrán hasta el 15 de marzo para presentar sus alegatos finales por escrito, donde se podrán incluir anexos. De presentarse los anexos con sentido probatorio, se abriría un lapso para realizar observaciones, previo a la decisión final de la corte.

La abogada y directora de la ONG Control Ciudadano, Rocío San Miguel, expuso su caso al ser despedida por haber firmado a favor del referendo revocatorio contra el entonces presidente Hugo Chávez, relatando además la persecución política vivida desde entonces, incluyendo la de su entonces pareja y actual esposo, asegurando que ambos perdieron su carrera.

San Miguel declaró que, al igual que sucede en la actualidad, las víctimas no tuvieron acceso a la justicia en Venezuela, punto que fue desestimado por el agente del Estado, Larry Devoe, al alegar que no acudieron a todas las instancias nacionales. La CorteIDH recordó que el recurso de amparo fue reconocido por las autoridades judiciales.

“Quiero que haya sanciones para que esto que ocurrió y sigue ocurriendo en Venezuela no continúe. Para que haya una oportunidad de construir y se penalice la discriminación política, esa que tanto destruye el alma del país. La discriminación va a terminar llevando a Venezuela a una guerra entre hermanos”, dijo la exasesora legal del CNF.

El caso fue calificado como una discriminación encubierta, de acuerdo con el especialista argentino Roberto Pablo Salas, al cuestionar el ataque de la libertad de expresión al tomarse represalias por una firma, muestra de una manifestación de voluntad.

El perito venezolano Román Duque Corredor destacó igualmente el derecho al secreto del voto para un funcionario público como cualquier ciudadano., refiriéndose especialmente al caso en que “si un funcionario firma para activar un mecanismo constitucional, no puede decirse que está vulnerando su lealtad a la administración pública”.

Evasión del Estado 

Durante el interrogatorio al perito del Estado venezolano, este alegó que los funcionarios públicos no gozan de estabilidad laboral, salvo los de carrera, siendo entonces interrogado por los derechos fundamentales de los funcionarios de libre remoción, dejando en evidencia, además su desconocimiento con varios elementos relacionados al caso.

Por parte del agente del Estado, la responsabilidad intentó ser desviada a la organización Súmate, quien para entonces promovió la convocatoria a referendo revocatorio, cuyo proceso de recolección de manifestaciones de voluntad fue dirigido por el CNE, según corresponde.

Devoe alegó también que las víctimas no dejaron constancia escrita de su desacuerdo al recibir la comunicación de despido, y agregó que la firma por el referendo revocatorio no es un derecho político, sino el ejercicio del derecho de petición.

La defensa de San Miguel hizo hincapié en el daño a las víctimas al ser despedidas injustificadamente, señalando además la parcialidad política de jueces en Venezuela.

En su réplica, el abogado Héctor Faúndez destacó que el reclamo no es el despido de tres personas sino la discriminación política que tuvo consecuencias laborales.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), en respuesta, admitió la existencia de violación a derechos políticos, libertad de expresión y discriminación de las víctimas, recordando las declaraciones de Chávez para esconder la lista Tascón, como prueba de su uso discriminatorio.

“Estos elementos de discriminación hacen dudar de que se trate de una simple terminación de una relación laboral”, destacó un representante de la corte.

Faundez: no estamos reclamando un despido. Reclamamos una discriminación política que tuvo consecuencias laborales

Agente @LarryDevoe pone en duda la versión de las víctimas y CIDH sobre una desviación de poder

Caso San Miguel 

Rocío San Miguel participó en la recolección de firmas convocada por el CNE entre el 28 de noviembre y el 1 de diciembre de 2003 para revocar al presidente Hugo Chávez. Al día siguiente, el entonces ministro de Infraestructura, Diosdado Cabello, advirtió que la lista de los firmantes sería expuesta públicamente, amenaza que se materializó a finales de febrero de 2004, según contó la declarante, luego de que el 15 de febrero el presidente solicitara la lista de firmantes al CNE y el ente las entregara al día siguiente al diputado Luis Tascón.

Como ella, cientos de personas fueron despedidas de su puestos de trabajo en una empresa pública, a otros les fue negado la oportunidad de ingresar a ellas, por aparecer en la lista Tascón, de acuerdo con las denuncias que todavía persisten. A través de la página www.luistascon.com, podía conocerse si una persona había firmado o no para revocar a Chávez.

Además de la pérdida de su empleo en el CNF, San Miguel denunció que sufrió amenazas de muerte al igual que su familia, asaltos a su casa, además de ser hackeadas sus cuentas de correo electrónico. 

http://correodelcaroni.com/index.php/nacional-2/item/53662-exponen-en-la-corte-idh-pruebas-sobre-la-discriminacion-politica-en-venezuela