10636119_510401715793429_1376645091510544767_nMayo 24, 2016.- El Presidente Nicolás Maduro el día 13/05 anunció que mediante la gaceta oficial N° 6.227, el país se encontraría en un «Estado de Excepción», pero, hemos notado que mucha gente no se dio cuenta de algo: el Presidente suspendió varias garantías constitucionales.

Así que a continuación, resaltaremos cuales son esas garantías constitucionales y qué derechos

1. Derecho a la inviolabilidad del hogar (Art. 47) ?: los funcionarios están en su capacidad de irrumpir en nuestras viviendas si así lo desean aunque no posean una orden judicial.
2. Derecho a la comunicación privada (Art. 48) ?: el estado ahora podrá realizar grabaciones de sus comunicaciones personales para utilizarlos por cualquiera de las razones que ellos consideren.
3. Derecho al Libre Tránsito (Art. 50)?: si usted va caminando en las calles y funcionarios de seguridad consideran que tiene una actitud sospechosa, pueden arrestarlo.
4. Derecho a reunirse (Art. 53)?‍?‍?‍?: si usted está reunido con varias personas y funcionarios de seguridad consideran que actúan de manera sospechosa, pueden arrestarlos.
5. Derecho a manifestar (Art. 68) ?: ahora no se podrán hacer manifestaciones si el Estado lo considera, y podrán hacer uso de armas.
6. Derecho a la libre actividad económica (Art. 112)?: usted no puede dedicarse a la actividad económica que usted desee, si el Estado considera eso.
Estos son todos los derechos que han sido violados por el estado de excepción. Agradecemos su difusión a este mensaje.

Atentemente,
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