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La Asamblea Nacional tiene previsto aprobar este martes en primera discusión la reforma a la Ley de Conscripción y Alistamiento Militar
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El tiempo mínimo para prestar servicio militar es de un año a año y medio (Créditos: Archivo)

Caracas, 18 de Junio, 2013.-
Mariela Acuña Orta | ÚN.- La Asamblea Nacional tiene previsto aprobar este martes en primera discusión la reforma a la Ley de Conscripción y Alistamiento Militar. Aquí algunas claves sobre el instrumento y su modificación
-La ley fue sancionada el 21 de agosto de 1978 y entró en vigencia el 11 de septiembre de 1979.

-En el 2009, la Asamblea Nacional modifica por primera vez el instrumento con el fin de adaptarla a la Constitución de 1999.

-En el año 2010, la Ley sufre una nueva reforma ante las circunstancias administrativas establecidas que eran difícil de cumplir.

-Esta tercera reforma tiene carácter integral y va desde cambiarle el nombre de Ley de Conscripción y Alistamiento Militar a Ley de Registro, Alistamiento y Servicio Militar.

-El Instrumento elimina el concepto de conscripción, el cual hace referencia al servicio obligatorio, explícitamente prohibido en la Constitución.

-Se aumenta el tiempo de prestación del servicio militar y los beneficios económicos.

-El Registro Militar es obligatorio y está orientado a toda persona natural o jurídica.

-Para inscribirse en el Registro Permanente hay un lapso de 180 días desde que se cumplen los 18 años de edad.

-Las personas Jurídica tienen 70 días luego de su formalización ante el Registro respectivo para inscribirse.

-Los venezolanos residente en el exterior se inscribirán en las representaciones diplomáticas o consulares.

-La edad militar es desde los 18 años a los 60.

-La inscripción será solicitada para obtener licencia de conducir, pasaportes, abrir cuentas bancarias, pedir créditos, obtener títulos académicos, trámites ante registros y notarías.

-Las personas jurídica necesitarán el registro para la obtención de solvencias laborales exigidas por la ley.

-El tiempo mínimo para prestar servicio militar se extendió de un año a año y medio (18 meses) tiempo completo y a 24 meses par el tiempo parcial y en las unidades con especifidades técnicas que lo requieran.

-Quienes reciban instrucción militar en institutos oficiales o privados con programas aprobados por el Ministerio de la Defensa se les concederá la equivalencia del servicio militar correspondiente.

-La Ley establece sanciones de 20UT a las empresas, entes públicos o cooperativas que no pidan el registro al contratar al personal.

-Las personas que no se inscriban en el lapso fijado serán sancionados con multas de 10UT las naturales y 50UT las jurídicas.

-Los ingresos por multas serán empleados por la secretaría permanente de registro y alistamiento para las mejoras tecnológicas.

-Los organismos que ostenten titularidad sobre bienes inmuebles donde funciones alguna circunscripción militar u oficina de registro permanente tiene seis meses para transferir la misma al ministerio de la Defensa.
-En seis meses debe elaborarse el reglamento de la Ley.
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